EL HABEAS CORPUS. PROCURADOR Sevilla
En Derecho existe una expresión llamada 'habeas corpus' que, si bien no es demasiado conocida por todo el mundo, sí que es fundamental para los derechos del ciudadano.
Se trata de un procedimiento que tiene como fin evitar las detenciones ilegales. Su importancia es tanta que aparece señalado en la Constitución Española, en concreto en el artículo 17.4:' La ley regulará un procedimiento de "habeas corpus" para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional.'
Al tratarse de un derecho constitucional, ninguna Ley puede violarlo.
El Habeas Corpus aparece desarrollado en la Ley Orgánica 6/1984, de 24 de mayo. Si nos fijamos en su primer artículo, vemos que se considera persona ilegalmente detenida a la que lo esté bajo alguna de estas situaciones:
- Las que lo fueren por una autoridad, agente de la misma, funcionario público o particular, sin que concurran los supuestos legales, o sin haberse cumplido las formalidades prevenidas y requisitos exigidos por las leyes.
- Las que estén ilícitamente internadas en cualquier establecimiento o lugar.
- Las que lo estuvieran por plazo superior al señalado en las leyes, si transcurrido el mismo, no fuesen puestas en libertad o entregadas al Juez más próximo al lugar de la detención.
- Las privadas de libertad a quienes no les sean respetados los derechos que la Constitución y las leyes procesales garantizan a toda persona detenida.
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